SCJN; Defender a delincuentes, su misión.Resuelven no suspender la reforma que blinda de por vida al Gobernador Francisco Javier García Cabeza de Vaca

Por Mauricio Fernández Díaz
En todo su esplendor han ido exponiéndose poco a poco los miembros, antes etéreos de lo que AMLO llama La mafia del poder.
Ahora, esos delincuentes de cuello blanco y sucia conciencia se han visto obligados a dar la cara ante la cruzada anticorrupción emprendida por el gobierno de la 4T.
Ya no han podido simular, esconderse o atacar sin quedar expuestos como defensores de los podridos regímenes anteriores.
López Obrador, las dos Cámaras y la presidencia han encontrado una férrea resistencia por larte de los mercaderes del poder, de los prostituidos poderes incrustados en los congresos locales y especialmente en los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, nido de hampones que han amasado inconmesurables fortunas vendiendo, torciendo la ley y beneficiando a delincuentes a cambio de millonarias ganancias y prebendas.
En este marco se inscribe la absurda decisión de los Ministros Jorge Pardo y Luis María Aguilar quienes protegiendo a un delincuente que ha sido ya investigado y encontrado culpable por la UIF y la FGR y desaforado por la Cámara de Diputados rechazaron conceder la suspensión que solicitó el Senado y la Presidencia de la República ante la protección que de por vida el Congreso del Estado de Tamaulipas le otorgó al Gobernador Francisco García Cabeza de Vaca.
En el caso de desafuero contra el gobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca, la Cámara de Diputados interpuso una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por asumir atribuciones exclusivas de legisladores federales al modificar artículos de la Constitución Política de Tamaulipas que impiden por una parte que el Gobernador sea desaforado y sujeto a proceso y por la otra, “blinda” de por vida al mandatario estatal al adicionar párrafo al artículo 81 de la Constitución en el que se determina que los cambios realizados son “Inatacables e irreversibles” impidiendo con este candado que la próxima legislatura con mayoría MORENA eche abajo tal aberración.
En sendas demandas enviadas a la SCJN, una signada por la diputada Dulce María Sauri Riancho, en su calidad de presidenta de la Mesa Directiva y representante legal de la Cámara de Diputados y la otra por los abogados de la dirección general de Asuntos Jurídicos presentaron el documento en la Corte. En dicha demanda se solicita que los ministros de la Suprema Corte otorguen la suspensión del acto reclamando, (que no proceda la reforma constitucional que protege de por vida al gobernador) para el efecto de que se mantengan las cosas en el estado que guardan y no se aplique el respectivo acuerdo.
Sin embargo, en una respuesta más que rápida (2 días) los Ministros si bien dieron entrada a las demandas, rechazaron vía fast track suspender la anticonstitucional reforma realizada por el Congreso de Tamaulipas encabezado por Gerardo Peña Flores
El pleno de la Cámara de Diputados, en sesión del pasado 25 de marzo, aprobó por 285 votos a favor, 77 en contra y 46 abstenciones, promover demanda de controversia constitucional en contra del Congreso de Tamaulipas, por considerar que dicho acuerdo violenta diversas disposiciones de la Constitución federal, al vulnerar la facultad exclusiva de la cámara para declarar la procedencia en contra de servidores públicos de las entidades federativas por delitos federales.
Los legisladores consideraron que el Congreso de Tamaulipas no puede llevar a cabo un nuevo procedimiento de declaración de procedencia, ya que ello implicaría dejar sin efecto el procedimiento substanciado ante la Cámara de Diputados.
“Situación que no es posible porque dicho procedimiento no puede quedar ocioso ni resultar intrascendente, toda vez que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos determina, con mucha claridad y sin interpretación alguna, que las resoluciones emitidas en las declaraciones de procedencia son definitivas e inatacables, lo que implica que la resolución que en su momento emita la Cámara de Diputados en dichos procedimientos, no acepta medio de impugnación alguno”.
Congreso tamaulipeco tiene así la facultad de decidir sobre el desafuero del panista, al margen de lo que dictaminara la Cámara de Diputados, lo cual, al ser desaforado por delitos del orden federal, la intervención del Congreso local no tiene cabida legalmente.
Ante ello, la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados presentó una controversia constitucional en contra de dicho intento de “blindaje” del Congreso de Tamaulipas, por considerar que violaban los artículos 14, 35, 41, 49, 111, 116 y 133 de la Constitución mexicana, la cual le da a San Lázaro la facultad exclusiva de decidir sobre la procedencia penal contra servidores públicos.
Con todo y esto, la SCJN decidió desechar la controversia debido a que con todo y lo hecho por el Congreso, el Gobernador fue desaforado por lo que quedaba sin sustancia la citada controversia.
Sin embargo y con todo el afán de proteger al Gobernador, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó negar la medida cautelar pedida por la Cámara de Senadores que consistía en dejar sin efecto la reforma que proteje al gobernador de el desafuero en Tamaulipas y el nombramiento de un gobernador sustituto cuando en octubre entre el nuevo Congreso.
De igual manera, la Comisión de Receso de la Corte dio negativa al recurso que también solicitó la Consejería Jurídica del Ejecutivo para contradecir la reforma que el pasado 24 de junio el Congreso de la entidad plasmó en su Constitución local.
Al respecto, los ministros integrantes de dicha Comisión, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Luis María Aguilar Morales, rechazaron conceder la suspensión que solicitó el Senado de la República.
Así, como parte de la mafia que es, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó suspender el blindaje a Francisco García Cabeza de Vaca ante un posible desafuero de la próxima legislatura.
Lo anterior, pese a que la SCJN aceptó para su trámite y estudio una acción de inconstitucionalidad y una controversia constitucional; Las impugnaciones argumentan que no existe fundamento en la Constitución Federal que permita a legisladores locales aprobar normas inamovibles.
Sin embargo, cabe hacer la aclaración que un Ministro acotó que este rechazo a suspender el blindaje es solamente en tanto se resuelve el caso.